CELEX:62024TN0589R(01)
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Redacția Lex24 |
Publicat in TUE : Jurisprudență, 11/03/2025 |
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Diario Oficial |
ES Serie C |
C/2025/90021 |
10.3.2025 |
Corrección de errores del asunto C-589/24
(Diario oficial de la Unión Europea C, C/2025/271, de 20 de enero de 2025)
El asunto T-589/24, A-GmbH, queda redactado como sigue:
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 30 de octubre de 2024 — A-GmbH / Hauptzollamt C
(Asunto T-589/24, A-GmbH)
(C/2025/271)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzhof
Partes en el procedimiento principal
Parte demandante: A-GmbH
Parte demandada: Hauptzollamt C
Cuestiones prejudiciales
1. |
¿Se opone a la exención parcial de los derechos de importación tras un perfeccionamiento pasivo con arreglo al artículo 145, apartado 1, del código aduanero (1) o con arreglo al artículo 259, apartado 1, del código aduanero de la Unión (2) el hecho de que la declaración en aduana relativa a las mercancías de exportación temporal haya sido admitida por un servicio de aduanas distinto del mencionado como aduana de inclusión en la autorización del perfeccionamiento pasivo con arreglo al artículo 85 del código aduanero, en relación con el artículo 84, apartado 1, letra b), quinto guion, de dicho código, o con arreglo al artículo 211, apartado 1, letra a), del código aduanero de la Unión? |
2. |
¿Debe interpretarse el artículo 150, apartado 2, del código aduanero en el sentido de que esta disposición solo se refiere a las obligaciones existentes tras la inclusión de las mercancías de exportación temporal en el régimen aduanero de perfeccionamiento pasivo, o es aplicable dicha disposición también a las obligaciones relativas a la presentación de la declaración en aduana para la inclusión de las mercancías de exportación temporal en el régimen de perfeccionamiento pasivo? |
3. |
¿Debe aplicarse el artículo 86, apartado 6, del código aduanero de la Unión por analogía cuando la deuda aduanera con arreglo al artículo 77, apartado 1, letra a), del código aduanero de la Unión se haya originado tras el despacho a libre práctica de los productos transformados? |
».
(1) Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO 1992, L 302, p. 1).
(2) Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO 2013, L 269, p. 1).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/271/corrigendum/2025-03-10/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)